Skip to content Skip to footer

Fines

Son fines esenciales del Colegio:

  • La ordenación del ejercicio de la profesión de Ingeniero Aeronáutico.
  • La representación institucional exclusiva de la profesión, cuando la colegiación sea obligatoria, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
  • La defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas.
  • La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de las personas colegiadas.
Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.