Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Defensa de la profesión.

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado desestimar el recurso contencioso-administrativo 492/18, interpuesto por el Instituto de Ingenieros Técnicos de España (INITE), contra la Resolución de 11-05-17 (BOE 13.05.17) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Sª Estado de Universidades), por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 10 de mayo de 2017, por el que se ordenan las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

El INITE pugnaba la vinculación y restricción a la especialidad de los títulos de grado que dan acceso a las profesiones reguladas de Ingeniería Técnica, intentando con su recurso contencioso lograr que los títulos de grado obtengan las mismas competencias que los títulos superiores o estudios que cuenten con el máster habilitante.

Tal como está siendo una habitualidad por parte de la presente Junta Directiva, el Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, a través de su asesoría jurídica, y así como se está haciendo con todos los procedimientos que directa o indirectamente afecten a los intereses de sus colegiados, decidió personarse en el procedimiento de referencia. Junto al Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, concurrieron como partes codemandadas el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; la Federación Instituto de la Ingeniería de España y la Unión Profesional de Colegios de Ingenieros.

La Sentencia, fechada el 1 de abril de 2020 y notificada a las partes el 27 de mayo, confirma que los Títulos Universitarios de grado en el ámbito de la Ingeniería son Títulos de Ingeniería Técnica restringidos a una especialidad concreta. Se afianza así, que la Ingeniería, de nivel de máster, habilita de forma global, generalista o multidisciplinar para el ejercicio en todas las áreas propias de la profesión, mientras que la Ingeniería Técnica (grado) habilita solo para una especialidad.

Deja un comentario

0.0/5